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El TSJM avala la intervención de Tragsa durante la huelga de basuras de 2014

El TSJM avala la intervención de Tragsa durante la huelga de basuras de 2014

jueves 27 de julio de 2017, 12:06h
Se desestima el recurso de CCOO pedía la revocación de la sentencia, dando a entender que se reconociera la existencia de lesión del derecho a huelga

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la intervención de la empresa pública de servicios de emergencia Tragsa durante la huelga de basuras en el año 2014 en Alcorcón, donde se llegaron a acumular entre 700 y 800 toneladas en las calles de la ciudad.

En el fallo, emitido por la sala 6 de lo Social del TSJM, se desestima el recurso presentado por CCOO y estima parte de otro presentado por CGT, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 2 de Móstoles el 10 de enero de 2017 declarando legal la intervención de Tragsa y descartando que se vulnerara el derecho a huelga.

Los sindicatos recurrentes forman parte del comité de empresa de la Empresa Servicios Municipales de Alcorcón (Esmasa) - donde también está CSIF,- y responsable de la convocatoria de huelga que duró 14 días. Los sindicatos pedían la nulidad y la ilegalidad de la intervención de TRAGSA que acordó la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón.

Alcorcón lo hizo dada la "extraordinaria y urgente necesidad de proceder a la limpieza inmediata de las islas ecológicas y la recogida de los contenedores". Según señaló el Ayuntamiento entonces, dicha medida de intervención fue acordada acogiéndose a las competencias que en materia de salubridad pública que recoge la Ley de Bases de Régimen Local.

Según concluye la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la competencia para enjuiciar la lesión del derecho de huelga de los trabajadores de ESMASA corresponde al "orden social". Por el contrario, el enjuiciamiento de la legalidad de la encomienda de gestión acordada el 30 de enero de 2014 por el Ayuntamiento de Alcorcón en gfavor de TRASGA "corresponde al orden contencioso administrativo".

Aludiendo a la sentencia del juzgado contencioso administrativo número 34 de Madrid y a la sala de lo contencioso del TSJM el pasado 2 de junio de 2015, "declarado firme la legalidad de la encomienda dde gestión, la conclusión no puede ser otra sino la inexistencia de lesión" del derecho de libertad sindical de los trabajadores.

Por eso, el recurso de CCOO, que pedía la revocación de la sentencia, dando a entender que se reconociera la existencia de lesión del derecho a huelga, se desestima, mientras que la de CGT, lo estima en el sentido de que "no existe cosa juzgada respecto a los efectos de la sentencia contencioso-administrativa de referencia en el derecho a huelga de los trabajadores de Esmasa".

Ante esta nueva sentencia, el alcalde de Alcorcón, David Pérez, ha asegurado que "la justicia ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento en su decisión sobre la necesidad de contratar a Tragsa para salvaguardar y garantizar la salud y el bienestar de todos los vecinos".

"Ya son varias las sentencias que confirman que cuando el Ayuntamiento actúa lo hace con razón y haciendo valer los derechos de los vecinos frente a usos y abusos", ha celebrado, al tiempo que ha advertido de que, ante todo, el Gobierno municipal "no va a aceptar que se use a los vecinos como rehenes de campañas políticas o reivindicaciones que tienen otras estancias donde deben dilucidarse".

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