El `annus horribilis´ de Aguirre: Condenada a las costas de su pleito con Sánchez
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El `annus horribilis´ de Aguirre: Condenada a las costas de su pleito con Sánchez

viernes 26 de mayo de 2017, 12:12h
La expresidenta regional del PP madrileño interpusó una demanda contra el líder del PSOE por unas declaraciones de éste en 2015 vinculándola con la corrupción

En unos pocos meses Esperanza Aguirre de ese 2017 ha pasado de ser azote de propios y extraños a desaparecer literalmente del panorama mediático madrileño, en un `annus horribilis´al más puro estilo de su admirada reina de Inglaterra Isabel II.

Su paso por los juzgados para declarar como testigo en la trama Gürtel en el preciso momento en el que su amado pupilo y mano derecha en el Gobierno regional, Ignacio González, era llevado entre rejas por corrupción durante la operación Lezo, evidenciaban ya el declive de una mujer que en otro tiempo intentó descabalgar al mismísimo Rajoy del liderezgo del partido.

Pocos días más tarde, Aguirre hacía mutis por el foro y dejaba el último reducto de su poder político, la portavocía del PP en el Ayuntamiento de Madrid para alivio de Cristina Cifuentes y de toda Génova. Pero los disgustos judiciales para la otrora lideresa no iban a quedar ahí. Su último revés ha sido perder en los tribunales frente al flamante líder socialista, Pedro Sánchez, al que demandó por atreverse a vincularla en una declaraciones en diciembre 2015 con la corrupción.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la expresidenta regional Esperanza Aguirre a pagar las costas procesales del procedimiento. Así consta en una sentencia del pasado 19 de mayo, adelantada por 'El Plural' y a la que ha tenido acceso Europa Press, donde ha sido ponente Miguel Ángel Lombardía del Pozo. En la misma los magistrados de la Sección Decimonovena de la Sala de lo Civil dan la razón a Sánchez y desestiman el recurso de apelación contra la sentencia de instancia. Ésta última tampoco se posicionó al lado de la exlideresa.

El enfado de Aguirre se produjo cuando el 16 de diciembre de 2015, el secretario general del PSOE afirmó en dos mítines: "la a de Arístegui, la b de Bárcenas, la c de Camps, la d de De la Serna, la e de Esperanza Aguirre, la f de Francisco Correa..., pero si es que no hay letras en el abecedario para definir la corrupción del Partido Popular".

Tras ello, Aguirre acordó acudir a los tribunales a través de una demanda. En julio de 2016, el juez de Primera Instancia de Madrid número 43 rechazó la demanda interpuesta al estimar que las declaraciones se produjeron en el marco de "la libertad de expresión en su vertiente de crítica política".

Los magistrados señalan ahora que "las expresiones que vierte el demandado lo son en el curso de un acontecimiento político, concretamente unos actos electorales, a su vez actuando como un representante de tal índole, y se enmarcan dentro de la crítica que se lleva a cabo a la actuación de un partido adverso".

Y destaca que es en "ese contexto de responsable política, y no en el contexto personal, en el que deben ser entendidas las afirmaciones expresadas por el demandado, y que por tanto no afectan directamente al honor de la aludida, y que en todo caso quedaría subsumido en el respeto al principio de libertad de expresión".

"Contra esta Sentencia no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días", concluye el fallo.

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