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Sabanés penaliza a los vehículos contaminantes, que verán duplicado su recargo

Sabanés penaliza a los vehículos contaminantes, que verán duplicado su recargo

jueves 20 de octubre de 2016, 13:36h
La otra cara de la moneda son los cohes eco, a los que se duplica entre un 20 y un 50% la bonificación, según se recoge en la modificación aprobada de las ordenanzas fiscales

Los coches eco aumentarán de un 20 a un 50 por ciento la bonificación que recoge la tasa de estacionamiento de vehículos mientras que los coches más contaminantes, los de clase A, verán duplicado el recargo, tal y como recoge la modificación de la ordenanza fiscal reguladora, aprobada este jueves en Junta de Gobierno.

La ordenanza fiscal se adecua a la actual clasificación de vehículos, ha informado en rueda de prensa la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés. Se hace en función del potencial contaminante y ha sido realizada por la Dirección General de Tráfico, en abril de 2016. Los cambios serán efectivos a partir de junio.

La categorización del parque de vehículos responde a las premisas contenidas en el Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016 (Plan del Aire), en el que se destaca que las partículas en suspensión y el dióxido de nitrógeno provocados son la principal fuente de emisión en las grandes ciudades.

La clasificación de los vehículos se realiza en función de los niveles de contaminación, discriminando positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y siendo instrumento eficaz en políticas municipales de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente.

Los vehículos cero emisiones no están sujetos a la tasa. Es el caso de ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

Los vehículos eco --con una reducción del 50 por ciento en la tasa cuando hasta ahora era del 20-- son turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

Los de clase C --sin recargo, cuando antes la reducción era del 10 por ciento-- son turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, 5 y 6 y en diésel la Euro 6.

La clase B --con un recargo del 10 por ciento-- está compuesta por turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006.Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en diésel la Euro 4 y 5.

Los de clase son todos aquellos vehículos no recogidos en categorías inferiores. Tendrán un recargo del 50 por ciento en lugar del 10 y del 20 por ciento con las que cuentan actualmente
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