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Dancausa, guerra a Carmena por sus cláusulas sociales
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Dancausa, guerra a Carmena por sus cláusulas sociales

miércoles 04 de mayo de 2016, 11:47h
La delegada deñ Gobierno ha solicitado a la Abogacía del Estado la impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa de las cláusulas sociales en los contratos incorporadas por el nuevo Gobierno municipal por creer que "no tiene competencias"

La Delegación del Gobierno en Madrid ha solicitado a la Abogacía del Estado la impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa de las cláusulas sociales en los contratos incorporadas por el nuevo Gobierno municipal porque creen que el Ayuntamiento "no tiene competencias para regular las relaciones laborales de los trabajadores de las empresas adjudicatarias de los contratos municipales".

Recuerdan que entre las funciones que la Ley encomienda a las Delegaciones de Gobierno está la de velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas, constitucionalmente, al Estado y la correcta aplicación de su normativa, aludiendo al artículo 23.6 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado)

Concretamente, el departamento que dirige Concepción Dancausa, antigua concejal delegada de Economía del Consistorio matritense, denunciará los apartados 5.1.1.e) y los anexos II y IV de la 'Instrucción 1/2016 relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal'.

Según han informado a Europa Press fuentes de la Delegación del Gobierno, esas competencias no son municipales, sino que corresponden al Gobierno centroa, "según establece el art 149.1.7º de la Constitución Española".

Concretamente, según el organismo gubernamental, es contrario al ordenamiento jurídico el apartado 5.1.1.e) de dicha instrucción por "extralimitación de las cláusulas administrativas particulares al regular las relaciones laborales con el personal del anterior contratista" y por "imposición unilateral por la Administración de una cláusula de subrogación empresarial sin respetar el cauce de negociación colectiva".

En dicho artículo, el nuevo Gobierno municipal señala que n los contratos en que el componente de mano de obra sea determinante en la prestación objeto del contrato y se produzca una transmisión de actividad, para la defensa de la estabilidad en el empleo de las personas trabajadoras, se incluirán específicamente la aplicación de la directiva 2001/23/CE sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de las personas trabajadoras en caso de transmisiones de empresas y centros de actividad.

Y en los contratos cuyo presupuesto sea igual o superior a 300.000 euros deberá preverse en el pliego de prescripciones técnicas la subrogación contractual de las personas trabajadoras condicionada a su aceptación. "Esta disposición resultará en todo caso de aplicación a los contratos de gestión de servicio público con independencia de su importe. En los contratos de servicios de menor importe, la subrogación contractual será potestativa", señala la instrucción.

Pero la Delegación del Gobierno consideran que ello es contrario al artículo 37 Constitución, a la normativa de contratación pública y al Estatuto de los Trabajadores "y ha sido confirmado por múltiples resoluciones administrativas y judiciales".

Además, la Delegación del Gobierno señala a los anexos II y IV, que incluyen como criterio de adjudicación el mantenimiento de la plantilla de trabajadores adscritos a la ejecución del contrato. "Sólo procede la suspensión o extinción de los contratos por voluntad del trabajador o despido disciplinario, manteniendo las condiciones del contrato de trabajo salvo acuerdo explícito", esgrimen.

"Estos anexos inciden sobre elementos propios de una relación laboral que no pueden ser regulados por el Ayuntamiento en los pliegos de los contratos administrativos, con infracción de la competencia estatal en esta materia", añade la institución gubernamental.

En conclusión, la Delegación del Gobierno en Madrid entiende que dichas cláusulas "podrían ocasionar una discriminación injustificada y producir que trabajadores de una misma empresa puedan tener diferente protección si trabajan en el marco de un contrato público o en el marco de un contrato privado".

El departamento que dirige Concepción Dancausa efectuó un requerimiento al Ayuntamiento de Madrid para que, en el plazo de un mes, modificara dicha Instrucción, "respetando el régimen competencial". Pero, según indican, pasado el mes sin contestación, han solicitado a la Abogacía del Estado que inicie las actuaciones oportunas.

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