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Reforma del código penal

Última actualización 22/07/2010@14:39:46 GMT+1
Utilizar inhibidores de radar o trucar el tacógrafo podrán ser una causa objetiva para decomisar un vehículo a su propietario, según ha explicado este jueves el fiscal de sala coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas.

La última reforma del Código Penal, aprobada recientemente, introduce el decomiso del vehículo como medida complementaria a las penas por delitos más graves contra la seguridad vial. En este sentido, el fiscal ha dado, en rueda de prensa en Madrid, algunas "reflexiones" sobre los criterios que se van a utilizar para pedir el decomiso cuando entre en vigor la reforma el próximo 3 de diciembre.

Así, será un motivo para que un fiscal pida la retirada del vehículo las manipulaciones que alteren las condiciones legalmente prescritas para la circulación, utilización de tacógrafos manipulados, de mecanismos como los inhibidores de radares u ocultar la matrícula, casos en que se evidencia "una relación criminológica" del conductor frente al coche, según Vargas.

Por el contrario, Vargas ha asegurado que se tendrá en cuenta a la hora de decidir que no se decomisa el vehículo la situación económica y personal del penado y, especialmente, la necesidad que tenga el infractor del mismo para desempeñar su trabajo.

En cualquier caso, el fiscal ha subrayado que no se va a "decomisar de manera indiscriminada" y que se hará "una valoración conjunta de todos los criterios". En este punto ha insistido en que se evaluará "caso por caso" y pensando en la reinserción del conductor.
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